miércoles, 31 de julio de 2019

IUC considera prioritaria la dinamización comercial del Mercado Municipal en Los Llanos de Aridane


Izquierda Unida Canaria (IUC) rechaza que el Grupo de Gobierno del PP en el Ayuntamiento de Los Llanos Aridane priorice la remodelación del Mercado Municipal, con la apertura del proceso para la contratación de un proyecto, a su dinamización comercial.

Durante la pasada legislatura, desde IUC insistimos en reclamar al gobierno municipal actividades para la dinamización comercial de esta instalación para frenar el progresivo cierre de puestos y la pérdida de clientes que ha sufrido en los últimos años. Para ello consideramos imprescindible la redacción de un plan de dinamización comercial que permita relanzar la actividad en este espacio.

Por otra parte, desde IUC nos sorprende que el Ayuntamiento haya desestimado los dos proyectos presentados en 2018 al concurso de ideas para la remodelación de la Plaza del Mercado Municipal y sus aledaños y opte por una nueva contratación.

Para Felipe Ramos, portavoz de IUC en el Ayuntamiento, “no rechazamos que se realicen obras de mejoras si se consideran necesarias, y se tiene en cuenta también la opinión de los actuales concesionarios, sino de que se prioricen las actuaciones a realizar y ahí consideramos que junto a la dinamización comercial es necesaria la regularización de las actuales concesiones.”

En la actualidad el Mercado Municipal cuenta con 6 de los 13 puestos cerrados, por lo que se hace necesario sacar a concurso las concesiones, ya que se encuentran todas caducadas, pero teniendo en cuenta, de cara a los pliegos que se aprueben, el que se ha mantenido en funcionamiento la instalación y la actividad gracias al esfuerzo de varias familias del municipio.

“Lamentamos que el Grupo de Gobierno del PP no haya hecho nada por el Mercado en los últimos cuatro años. Desde IUC defendemos un Mercado centrado en la promoción de productos del país, con el objetivo de avanzar hacia un municipio más productivo, sostenible y que sea generador de empleo.”

miércoles, 24 de julio de 2019

IUC plantea que los cajeros de los bancos abiertos a la vía pública paguen una tasa en Los Llanos de Aridane

Cajero en la Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro de Los Llanos de Aridane.
Izquierda Unida Canaria (IUC) plantea que los cajeros de los bancos abiertos a la vía pública paguen una tasa en Los Llanos de Aridane. Pretendemos con esta moción que el Pleno apruebe incluir en el Plan Normativo para 2020 del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane la elaboración de una Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la instalación de cajeros automáticos de las entidades financieras en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía. Esta propuesta, que formaba parte del programa electoral con el que concurrimos a las últimas elecciones municipales, pretende –junto a otras medidas- lograr una fiscalidad justa en nuestro municipio. 

Desde IUC consideramos que las entidades financieras, al igual que lo hacen ya en otros municipios del país, deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de los Ayuntamientos. Una situación que creemos todavía más justificada si cabe en estos últimos años, cuando como consecuencia de la crisis financiera que atravesaron muchas de ellas, se destinaron 54.353 millones de euros de ayudas públicas para rescatar al sector financiero entre 2009 y 2017, de las que solo se han recuperado 4.477 millones. 

Además, los bancos se ahorran costes en personal con el uso cada vez más extendido de tarjetas y cajeros, por lo que la instalación de cajeros en la vía pública es un servicio básico para estas entidades y no les supone un grave perjuicio tener que aportar una tasa a las arcas municipales. 

Una Sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (STS 1358/2009 de 12 de febrero) fijó en el año 2009 la doctrina de este Tribunal sobre el tema tras varios recursos contra la exigencia de muchos ayuntamientos a bancos y cajas de ahorros de una tasa por la instalación de cajeros automáticos situados en la línea de fachada de edificios. Una tasa que para el Supremo “debe exigírsele a los bancos o cajas de ahorro ya que son éstos los que resultan beneficiados por las operaciones que se realizan en el cajero y/o de los servicios que el mismo presta a los usuarios, al ser en la vía pública donde se presta dicho servicio.” 

Ciudades como Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma de Mallorca o Bilbao cuentan con tasas como la que planteamos, pero también en nuestra Comunidad Autónoma Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, Arrecife, Gáldar o Arucas tienen ordenanzas específicas o incluyen en sus ordenanzas fiscales el gravar la existencia de cajeros automáticos con frente directo a la vía pública. En Los Llanos de Aridane, al menos, cinco cajeros de tres entidades diferentes se verían afectados por la introducción de esta tasa.

martes, 9 de julio de 2019

IUC constituye su Consejo Político Local en Santa Cruz de La Palma y elige a Cristian Marrero como Coordinador


La asamblea local de Izquierda Unida Canaria (IUC) en Santa Cruz de La Palma ha constituido recientemente su Consejo Político Local con el objetivo de continuar el trabajo político preelectoral y afrontar la legislatura venidera con las garantías suficientes para llevar a cabo una oposición constructiva desde la calle.

El Consejo Político de IUC en la capital de la isla estará formado por Cristian Marrero como Coordinador Local, Jorge González como responsable de organización y Noemí Hernández Veiga como responsable de Movimientos Sociales y Adonai Carballo Rodríguez como responsable de Comunicación.

Cristian Marrero Brito, de 26 años, es natural del barrio de Calcinas, graduado en Historia del Arte por la Universidad de La Laguna y tiene un máster en Patrimonio Andaluz y su Proyección Iberoamericana por la Universidad de Sevilla. Actualmente trabaja de dependiente en una tienda.  

domingo, 7 de julio de 2019

La Justicia declara “la nulidad” del pleno del Ayuntamiento de Tazacorte en el que no se convocó al concejal de IUC


Izquierda Unida Canaria (IUC) en Tazacorte valora favorablemente el fallo de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santa Cruz de Tenerife que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la formación de izquierdas, “declarando vulnerados los derechos fundamentales recogidos en el artículo 23.1 y 1 de la Constitución”. Además el Juzgado falla “la nulidad del acto” y “de la convocatoria del pleno de 27.08.18, extendiéndose la misma al propio pleno y los acuerdos adoptados en su seno”. 

La sentencia declara nulo el acuerdo del pleno del mandato anterior en el que gobernaba con mayoría absoluta UB-CC, en el que no se convocó al concejal de IUC, Carlos Martín, sobre la reclasificación de los suelos urbanizables no sectorizados del plan general de ordenación, situados en el casco del municipio y en la zona del Puerto Viejo. La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, condena en costas al Ayuntamiento de Tazacorte.

En el auto se acredita también que la dirección de correo electrónico empleada para la convocatoria del pleno al concejal de IUC fue incorrecta “y derivado de ello, el destinatario no recibió la notificación remitida, lo que le impidió acudir a la sesión plenaria extraordinaria a la que por derecho le correspondía asistir como concejal electo de la corporación.”

Para el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, Roi López Encinas, “es constatable que el concejal recurrente no ha actuado de mala fe o con ánimo obstaculizador superfluo y carente de fundamento jurídico. Antes al contrario, se ha limitado a dejar constancia como su desconocimiento de la celebración del pleno extraordinario, le impidió ejercer su derecho a alegar planteamientos y aportar toda la documentación que considerase oportuna en el plenario celebrado en su ausencia.”

“Todos los indicios precedentes, claramente conducentes a la determinación del vicio como generador de nulidad, deben ponerse el relación con el hecho de que el pleno versase sobre una materia especialmente sensible y controvertida, relativa a la eventual reclasificación de los suelos urbanizables no sectorizados ZNT 1.1, Villa de Tazacorte y ZNT 1-2 Puerto de Tazacorte. Ello permite calificar como real, la vulneración del derecho fundamental del artículo 23 de la CE, pues el respeto al pluralismo político reconocido en el artículo 1 de nuestra CE, exige que cada votación vaya precedida de un debate en el que los representantes de todas las fuerzas políticas viertan sus opiniones”, añade el magistrado.